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martes, 29 de mayo de 2012

“SIEMPRE PAGAN LOS MISMOS”: LAS NUEVAS TASAS JUDICIALES.

Este articulo, trata de dar respuesta a la siguiente cuestión ¿el estudio del Gobierno sobre el aumento de las tasas judiciales, corresponde a una debida estructuración y mejora en la prestación del servicio de justicia, o es una medida oportunista con excusa en la crisis? A mi entender, es una combinación de ambos aspectos, o finalidades. Y es que, con la escusa de mejorar el sistema judicial, únicamente sobre la base y con fundamento en evitar ciertos abusos de algunos usuarios que puedan utilizan la justicia con fines espurios, se pretender compensar la diferencia entre las aportaciones de los justiciables, con lo que realmente cuesta el servicio de Justicia a nuestro país. Lo que me temo es que, efectivamente, las modificaciones procesales que puedan ser introducidas con el ánimo de mejorar el servicio, no pasan por generar mas gastos a los ciudadanos, pues el mayor presupuesto en justicia, no es requisito para solucionar determinadas trabas burocráticas y determinados procedimientos obsoletos y excesivamente garantistas. Siendo una mera cuestión de reformas legislativas, cuyo trabajo ya tenemos bien remunerado con los ingresos que reciben sus señorías en las Cortes. A los cuales por cierto, les conminamos a ejercer con mayor claridad y efectividad su técnica legislativa. Por lo que, la reforma operada únicamente sobre las tasas judiciales, no puede crear ningún optimismo respecto de la mejora del servicio. Más al contrario, lo que parece deducirse del anteproyecto que ha presentado el Gobierno, es una clara intención de financiar el servicio con las aportaciones de los usuarios. Dejando totalmente al margen, la necesidad de mejora de que tanto adolece nuestro ordenamiento jurídico. Menos mal que en esta concreta materia, se está pidiendo asesoramiento al Consejo del Poder Judicial, a través del informe preceptivo que debe emitir. Y al parecer, el Consejo, siendo clave a la hora de toma de decisiones, aunque estas sean legislativas, parece haberse mostrado muy critico con el anteproyecto. El informe, reconoce la legitimidad del Ejecutivo para llevar a cabo la reforma de las tasas, pero sugiere algunas dudas sobre su constitucionalidad en cuanto el Tribunal Constitucional ha advertido en alguna ocasión que la cuantía de las tasas “no debe impedir u obstaculizar de manera desproporcionada el acceso a la jurisdicción”. Según dicho informe, la reforma trata de financiar la justicia “a cargo de los usuarios” y puede ser un instrumento para reducir la litigiosidad, “pero no se vislumbra” cómo puede propiciar “la eficacia y racionalización de la Administración de justicia” que proclama el anteproyecto. Se critica el hecho de que la cuantificación de las nuevas tasas, son incongruentes con la finalidad de alguno de los procesos, en los que su instauración, supondría un coste para el ciudadano, superior al 30% del importe por el que puede reclamar. Por ejemplo en los juicios verbales de importe aproximado al mínimo estipulado para este tipo de procesos (3.001€). Sin contar el resto de los costes de los profesionales que intervienen (Procuradores y Abogados). Otra de las críticas mas notorias, es la que se refiere al hecho de que el anteproyecto abre la posibilidad de que las Comunidades Autónomas, puedan establecer sus propias tasas judiciales “autonómicas”. Lo que nos podría llevar a la necesidad de pagar dos tasas diferentes para una misma prestación de servicio. Un ejemplo más de la ineficacia por duplicidad de funciones entre las distintas Administraciones Públicas. Pero este, es otro problema distinto. Lo cierto y verdad, es que al final, siempre pagamos los mismos. Y dando respuesta a la pregunta inicialmente planteada, me inclino por la afirmación de que esta nueva regulación sobre las tasas judiciales es totalmente oportunista con la situación actual de crisis, en la que se oyen voces que cuestionan nuestro anterior estado de bienestar. Lo que solo redunda en perjuicio de los que menos tienen. Pues el bienestar tambien tiene distintos niveles, y cuando se hace bandera de dicho concepto, su motivación y razón de ser original, pasa por una función garantista, de protección a los mas necesitados, de defensa de los que menos tienen. No para proteger al que apenas supone incidencia en su economía por tener unas remuneraciones muy por encima de la media. No cabe duda, que a ellos les supone mucho menos. Por eso, en este concreto caso del servicio de justicia, como en cualquier otro servicio público que presta el Estado o Comunidad Autónoma, la implantación de tasas, copago o como lo queramos llamar, supone que en esencia, seamos siempre los mismos los que pagamos realmente.

José Carlos López.
Abogado en Zaballos Illescas.

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