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martes, 22 de noviembre de 2011

LA LEY DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL MENOR A DEBATE

Actualmente y a raíz de los numerosos casos que han saltado a los medios de comunicación por la repercusión social que ello ha provocado, véase CASO MARI LUZ, CASO SANDRA PALO, y ahora como último referente el CASO MARTA DEL CASTILLO, los profesionales del Derecho y los que no lo son estamos asistiendo a un fenómeno que podemos calificar de EXTRAORDINARIO Y KAFKIANO, cual es el hecho de que uno se pregunta tal y como está ordenada la Ley de Responsabilidad Penal del Menor, que un grupo de menores en compañía de un mayor de edad, tengan en jaque a la sociedad española y lo más grave a los cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado.


Este letrado como profesional y especialista en Derecho Penal no alcanza a comprender como es posible que no se halla podido dar con el paradero del cuerpo de la menor, de continuar así esta situación la consecuencia de todo ello, va a provocar que el texto legal tenga que ser necesariamente modificado, y es lo que la sociedad está demandando de forma constante.


Otra pregunta que nos hacemos es Porqué un menor que mata o participa en el delito se le conceden más privilegios que una persona con 18 años cumplidos? ¿Qué le diferencia si a la hora de cometer un asesinato o un homicidio sabía perfectamente lo que hacía? Y si esto es así porque no hemos de aplicar la pena equivalente a una persona que lo ha cometido con 18 años. ¿Porqué se le ingresa en un centro de menores? ¿Por qué no debe entrar en prisión? Si tuvo la frialdad de participar en la muerte de un ser inocente, y ocultar pruebas tales como la localización del cuerpo, debemos aplicar en virtud del principio de legalidad el mismo rasero. De no ser así a juicio de este humilde letrado, permitiremos que sigan existiendo y alimentando a estos jóvenes psicópatas que no tienen el más mínimo respeto por la vida, que realicen actos tan reprochables como los que estamos viviendo en nuestros días, siendo conscientes de que la ley está de su lado, o por lo menos les ampara.


Por ello propongo y abogo por una Reforma de la Ley de Responsabilidad Penal del menor por cuanto se considere la mayoría de edad a los 14 años, y por tanto se apliquen las mismas penas y por ello se les ingrese en centro penitenciario para su total cumplimiento, sólo así podremos evitar que estos menores que actúan al margen de la ley sigan haciéndolo.






Fdo. Daniel Casillas Grech.
ZABALLOS ABOGADOS.

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