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jueves, 8 de enero de 2015

¿Es posible recuperar mi dinero?

Permuta de intereses, preferentes, obligaciones subordinadas, hipotecas multidivisas, cláusula suelo y un largo etcétera son alguno de los productos que en plena crisis económica la mayor parte de las entidades financieras y crediticias de nuestro país comercializaron de manera masiva a todo el espectro de su clientela. 

La experiencia en esta área nos ha venido confirmando la idea de que no existía ningún tipo de criba o selección previa y que en la mayoría de las ocasiones las entidades bancarias exigían a sus empleados y Directores de sucursal una serie de cuotas o peajes de venta, tal y como ha quedado acreditado en algunos procedimientos judiciales. 

El perjuicio económico derivado de la deficiente colocación de estos productos en muchos casos ha sido muy elevado, provocando que pequeñas y medianas empresas así como familias hayan visto seriamente comprometida su economía y su capacidad de liquidez y ahorro. En la mayoría de las ocasiones los clientes acuden alarmados a la vista de noticias de prensa ante la posibilidad de que ellos sean unas de las tantas personas que suscribieron algún producto de los enumerados.

De hecho, no son pocos los clientes que a día de hoy a pesar de haber transcurrido seis y siete años desde la contratación desconocen que por ejemplo en su escritura de préstamo hipotecario se incluyó la conocida “cláusula suelo”. Parece baladí la idea de que no es criterio unánime de Juzgados y Tribunales la devolución de cantidades en caso de anulación de este tipo de cláusulas, pero cabe recordar al respecto que nos encontramos ante casos de préstamos con una vigencia de 20, 25, 30 e incluso más años, por lo que es evidente que la decisión de acudir a la vía judicial no sólo podría tener un efecto instantáneo e inmediato sino que afecta en gran medida a la economía de una familia también a largo plazo. 

Desde nuestra sede en Madrid, Zaballos Abogados recomienda realizar una consulta gratuita a los efectos de que nuestros especialistas analicen y en su caso identifiquen si su préstamo hipotecario contiene o no este tipo de cláusulas. Posteriormente se le realizaría el correspondiente estudio de viabilidad, pues debemos recordar que cada caso es particular e individual. 

Cabe preguntarse, ¿Me compensa iniciar un procedimiento judicial para solicitar la nulidad de mi cláusula suelo, y en su caso, reclamar las cantidades abonadas en exceso? La respuesta es muy sencilla: SÍ. En la siguiente tabla le mostraremos las diferencias entre un préstamo con cláusula suelo a un 5% y un préstamo sin la referida cláusula. Se ha realizado una comparativa de los meses de Junio a Octubre 2.014. Como se puede observar la diferencia en lo relativo a intereses abonados es abismal. 


Similares efectos se pueden deducir de los casos de preferentes y obligaciones subordinadas, en los que además cabe mencionar y añadir el hecho negativo del canje por bonos o acciones de estas entidades. 

Los profesionales que integramos Zaballos Abogados hemos tramitado con éxito una reclamación conjunta de obligaciones subordinadas y preferentes frente a la entidad Caja España (CEISS), acordándose por parte del Juzgado de Primera Instancia de Madrid encargado de la tramitación del asunto la nulidad de las dos órdenes de compra con la devolución íntegra de las cantidades invertidas con los intereses devengados por dichas cantidades así como expresa condena en costas a la entidad financiera. Es una nueva victoria en la lucha contra esta clase de productos. 

Ponemos a disposición de todos los interesados los detalles de la sentencia dictada por el Juzgado de Madrid y publicada en la web de la Asociación de Usuarios Afectados por Permutas y Derivados Financieros (ASUAPEDEFIN).


http://asuapedefin.com/2015/01/04/caja-espana-coloco-unas-preferentes-y-unas-subordinadas-a-pesar-de-no-saber-la-situacion-real-de-la-entidad/

Recuerde que nunca es tarde para recuperar su dinero. Busque siempre asesoramiento profesional y trato personalizado. Estamos a su disposición para un asesoramiento previo sin ningún tipo de compromiso. 






José Luis Calderón Fernández
Abogado
Zaballos Abogados

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