Zaballos Abogados vuelve a situarse en la vanguardia del mundo jurídico en España al conseguir un éxito que sólo tenía un precedente en la historia de nuestro Derecho: la segunda sentencia en toda España en la que se admite la nulidad de un laudo arbitral por violación del orden público, en un caso de contratación de permuta financiera o “swaps” contra BBVA.
La pyme valenciana MOBLES PASSE AVANT, S.L cliente de Zaballos Abogados solicitó los servicios de este afamado Despacho Profesional de Madrid para que se impugnara el laudo arbitral emitido por el Tribunal Arbitral de la Cámara de Comercio e Industria de Madrid.
El representante de la mencionada pyme, mostró su desacuerdo ante Dª Emilia Zaballos Pulido, titular del Despacho con el laudo arbitral emitido, puesto que, a pesar de que en la citada resolución se establecía que el BBVA no suministró al representante de MOBLES PASSE AVANT, S.L información suficiente relativa a los elementos esenciales de los swaps o permutas financieras suscritas por aquella, concluye que el gerente de la mercantil entendió en qué consistía dicho producto financiero, calificado por la legislación y por la jurisprudencia como un producto complejo.
La Corte de Arbitraje excluyó en su resolución que se produjera un error en el consentimiento del representante de MOBLES PASSE AVANT, S.L en el momento que suscribió los swaps o permutas financieras.
En el laudo arbitral se establece, asimismo, que BBVA no efectuó a su cliente el preceptivo test de idoneidad, a pesar de haberse prestado en este caso un servicio de asesoramiento financiero, si bien es cierto que en la citada resolución se exime al BBVA de efectuar el mencionado test de idoneidad, ya que, de las declaraciones efectuadas por el gerente de MOBLES PASSE AVANT, S.L concluye que este sabía cuáles eran los elementos esenciales de este producto.
La única vía para impugnar el laudo arbitral dictado por la Corte de Arbitraje era la presentación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid del pertinente escrito de anulación, que en este caso, se basaba en la vulneración del orden público al no haberse aplicado en la citada resolución la normativa contemplada en la Ley de Mercado de Valores, donde se establece la obligación del banco de suministrar a quien va a suscribir una permuta financiera o swap una información completa, veraz e imparcial sobre dicho producto financiero así como la obligación impuesta a la entidad financiera de realización del pertinente test de idoneidad al cliente cuando el banco ha prestado un servicio de asesoramiento financiero y el cliente desconocía con anterioridad en qué consistía el producto contratado.
El escrito de impugnación de laudo arbitral fue elaborado por el Letrado de ZABALLOS ABOGADOS, D. José Carlos Gallego Sánchez, basándolo en el incumplimiento por parte de la entidad financiera de las obligaciones que le son impuestas en el artículo 79 bis de la Ley del Mercado de Valores.
La Sala de lo Civil del Tribunal al Superior de Justicia de Madrid, dictó sentencia, en la que, anuló el laudo arbitral emitido por el Tribunal Arbitral de la Corte de Arbitraje de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Madrid, acogiendo lo alegado en el escrito de anulación presentado por ZABALLOS ABOGADOS, esto es, que no se acredita que el representante de MOBLES PASSE AVANT, S.L conociera los elementos capitales exigidos en la normativa y por la jurisprudencia para excluir el error en el consentimiento de dicho representante en el momento en que este suscribió los swaps o permutas financieras.
Un caso más de éxito en la larga trayectoria profesional de Zaballos Abogados.
José Carlos Gallego Sánchez
Abogado
Zaballos Abogados
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