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miércoles, 4 de abril de 2012

EL PROBLEMA DE LOS “VALORES SANTANDER”


En los últimos meses se están publicando numerosas noticias relativas a los perjuicios que la entidad BANCO SANTANDER, S.A. ha causado a cientos de clientes de la entidad por la comercialización de un producto financiero denominado  “VALORES SANTANDER”.
A ello ha contribuido sin duda, el hecho de que el pasado día 5 de marzo de 2012, se dictase la primera sentencia en contra del BANCO SANTANDER, S.A. en la que se declara la nulidad del contrato por considerar que el cliente que suscribió el producto no tenía información suficiente del producto contratado por lo que el consentimiento que manifestó para su suscripción, motivado por incumplimiento de la entidad bancaria de aportar toda la información a la que estaba obligada, fue erróneo.
El origen del controvertido producto, se remonta al año 2007 cuando la entidad cántabra con el fin de obtener financiación para hacerse con la totalidad de las acciones del banco holandés ABN AMRO mediante una OPA (oferta pública de adquisición) conjunta con los bancos ROYAL BANK OF SCOTLAND y FORTIS, emitió bonos convertibles por valor de 7.000 millones de euros ofreciéndolos a través de su red comercial bajo unas condiciones de alta rentabilidad que lo hacían muy atractivo para los inversionistas.
Los valores Santander funcionaban de la siguiente manera, si la OPA sobre el banco holandés no prosperaba, los valores se amortizarían el 4 de octubre de 2008 con el pago de un cupón del 7,5% TAE, mientras que si la OPA se llevaba finalmente a cabo, los valores se canjearían, voluntariamente los 4 de octubre de 2008 a 2011 y obligatoriamente el 4 de octubre de 2012, por obligaciones convertibles en acciones ordinarias del Banco, todo ello con una remuneración consistente en un tipo de interés Euribor + 2,75 % pero sin reembolso del nominal efectivo, valorándose la acción del Banco Santander al 116 % del valor de cotización al momento de emitirse las citadas obligaciones convertibles.
Por tanto, si la OPA fracasaba, los ”Valores Santander” se comportaban como si de un producto de renta fija se tratara, pero si la OPA prosperaba, al convertirse obligatoriamente en acciones los ”Valores Santander” se convertían en un producto de alto riesgo ya que para que el inversor recuperase el nominal invertido se hacía necesario que el valor de las acciones recibidas se correspondiese con el valor de lo invertido, para lo cual se hacía necesario que el valor de la acción se revalorizase al menos un 16 % de su valor anterior a la ejecución de la emisión de las obligaciones.     
Pues bien, al concluirse con éxito la OPA sobre el banco holandés, los “VALORES SANTANDER” han de convertirse en acciones del propio banco, y he aquí el problema, el próximo 4 de octubre todos los bonos emitidos obligatoriamente se deben convertir en acciones del BANCO SANTANDER, S.A. y la cotización de la entidad bancaria ha caído de tal manera en los últimos años, que las minusvalías que se prevé van a sufrir todos los obligacionistas se calcula en torno a los 4.000 millones de euros (Expansión 7/03/2012).
La controversia surge por el desconocimiento de los suscribientes de los “VALORES SANTANDER” de las características esenciales del producto y su condición de producto de riesgo no apto para inversores minoristas, desconocimiento producido por la oscura comercialización del producto en cuestión llevada a cabo por la entidad bancaria quien, apoyándose en su extensa red de oficinas captó a cerca de 140.000 clientes una gran mayoría de los cuales, creyeron estar suscribiendo un producto de inversión de bajo riesgo donde el capital invertido estaba garantizado.
Según se desprende de las numerosas resoluciones a las reclamaciones atendidas por la COMISION NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES (CNMV), el BANCO SANTANDER, S.A. incumplió todas las exigencias informativas que le impone la Ley del Mercado de Valores referidas al estudio previo del perfil del cliente, sus preferencias y objetivos de inversión, así como su situación personal y financiera máxime cuando está acreditado que en la mayoría de los casos hubo asesoramiento por parte de los empleados de la entidad para que sus clientes contratasen “VALORES SANTANDER”, lo que acarreó que los inversores desconociesen la clase de producto que contrataban y en concreto las consecuencias que el producto podía acarrear.
En este sentido, se reprocha al BANCO SANTANDER, S.A. el hecho de que en un buen número de casos se ofreciese el producto sin soporte documental alguno donde se especificase el modo de desenvolverse el producto, las características y riesgos del mismo, y en concreto (desconocemos si debido a las prisas por captar la financiación necesaria para la operación de compra) que ofreciese el producto sin identificar la identidad del emisor de los valores y con anterioridad a la aprobación y posterior registro en la CNMV del folleto de emisión.
Lo cierto es que son miles los afectados que han visto como gracias a sus ahorros, el BANCO SANTANDER, S.A. ha incrementado sus negocios en el exterior reforzando con ello su liderazgo mundial, todo ello sin recibir retribución o compensación alguna.
En un desafortunado intento de poner “paños calientes” al problema que se le viene encima, esta semana Emilio Botín ha manifestado que su familia se encuentra entre los afectados y que irán a la conversión pues afirma, que aunque la acción está muy barata, quien mantenga títulos se va a beneficiar de la subida que no duda, “tendrá en los próximos años”.
Desde ZABALLOS ABOGADOS consideramos que la solución que ofrece el BANCO SANTANDER, S.A  a los afectados no es más que un acto de fe que en modo alguno les garantiza que puedan recuperar sus inversiones. Existiendo manifiestas irregularidades cometidas por el BANCO SANTANDER, S.A., y en concreto un acreditado incumplimiento de la normativa de inversión y bancaria, los afectados no deben desdeñar la vía judicial como remedio a su problema, más aun si cabe con la vía que ha abierto la reciente sentencia antes mencionada obtenida por la compañera de Alicante que ha conseguido que se declare la nulidad del contrato de “VALORES SANTANDER” comercializado por el BANCO SANTANDER, S.A condenando a dicha entidad a devolver el importe invertido por un cliente que se demostró estaba desinformado y mal asesorado.

12 comentarios:

  1. La venta de este producto fué totalmente fraudulenta, ocultaron la informacion a los clientes ya que sabían perfectamente que si les decian la verdad ningun cliente aceptaria estas abusivas condiciones, donde puedes ganar un 5% pero lo mas probable es que lo pierdas todo, dinero que se queda el banco ya que vender acciones a casi 14 euros cuando su precio es de 5 euros es una estafa, por otra parte se falsifico los documentos ya que se vendió antes de ser aprobado por la CNMV y la copia de los contratos no existe, el numero de irregularidades es demencial pero fué planificado por la central para captar esa enorme cantidad de dinero justo unos meses antes de que se desplomara la bolsa y unos dias entes de que entrase en vigor la norma MIFID ¿QUE CASUALIDAD? en estas entidades nada ocurre al azar, todo esta perfectamente planificado, por cada 10 euros que pequeños ahorradores han depositado en el Santander el banco se le va a quedar con 7 euros, y todo por haber depositado la confianza en esta entidád.

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    1. Tienes toda la razón. Te invitamos a que nos traigas tu caso para estudiarlo y ver qué posibilidades tienes.

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  2. Buenas tardes,
    Mi padre es otro afectado por los valores Santander y está claro que no fué bien informado ya que invirtió la mayor parte de sus ahorros en esto y a la edad de 78 años con lo cual ahora con casi 82 se ve sin ahorros y está completamente aturdido.
    Estoy interesada en ver las posibilidades que hay para hacer cara al Santander y más aún cuando ya se ha sentado precedente con el caso que se comenta de Alicante.

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  3. Hola:

    Mi padre y yo también somos afectados.La operativa de la operación era sencilla de entender. Pero claro, en el 2007 todo se veía de otra manera y parecía que íbamos a llegar a los 20 euros por acción. Claro que me gustaría que me devolvieran el 100% pero ...

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  5. Hola.

    Mi padre tiene 92 años. No tiene contrato de ninguna clase. Lo único que le dijeron es que iba a tener muchos intereses y que iba a tener una ayuda a la jubilación. Lo único que tiene ahora es una preocupación grandísima. No duerme, no come, tiene la tensión por las nubes y está perdiendo la lucidez. Todo causado por la preocupación que tiene con sus ahorros de toda la vida. Que los va a disfrutar la familia Botín para jugar al Monopoly en Europa. Claro, como el era pobre y le hacía mucha falta, se lo ha quitado a cientos de miles clientes de toda la vida.

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  7. Verán Vds., al ser legos en esta materia y fiándonos de los consejos del director la sucursal del Banco Santander de nuestra localidad, pusimos nuestros ahorros en Valores que ahora tenemos que cambiar por acciones con la consiguiente perdida del 60% del valor económico. Queremos saber si nosotros podemos reclamar de alguna manera nuestro dinero, o si existe alguna otra opción o acción que podamos realizar. Gracias por su atención y respuesta.

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    1. Si nos llama al despacho podemos informarle sobre todo esto y además la primera consulta es gratuita.

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  8. Hola. Mis padres también son afectados. Imaginense la poca idea que tenían de esto, que ha sido este mes cuando nos hemos dado cuenta a traves de la declaración de la renta. Espero que no sea tarde para tomar medidas porque por supuesto estamos indignadisimos. Ellos pensaban que tenían sus ahorros en un plazo fijo a 5 años.
    Si me pudieran dar alguna informacion, se lo agradecería.

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  9. Simplemente quiero decirles que soy nuevo en los blogs y nos encantó eres blog. Es casi seguro que soy quiero marcar su entrada en el blog. Seguramente vienes con artículos excepcionales. Muchas gracias por revelar su blog.

    Abogado santander accidente trafico

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  10. A mi parecer no actuaron como se debería con muchos de sus clientes, somos abogados economistas y creo que debió de actuar de otra forma, un saludo

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